Maquinas Electrónicas Tragamonedas (MET`S)
Es un elemento de Juego de Suerte y Azar, el cual está catalogado como juego localizado ya que requiere la presencia física del jugador.
Las máquinas electrónicas tragamonedas, conocidas por sus siglas MET’S, son un elementos con características definidas que poseen una entrada de monedas o billetes, que permiten al jugador participar y obtener un premio al jugador
Según la Ley colombiana, las máquinas electrónicas tragamonedas, solo pueden ser operadas en locales comerciales que cumplan con la normatividad.
En caso de encontrar una MET’S operando sin contar con autorización de Coljuegos la autoridad competente, se aplicarán las sanciones establecidas en la Ley.
Caracteristicas
Mecánica: son elementos de juego de suerte y azar que a cambio de una cantidad de dinero apostada otorgan un tiempo de juego y eventualmente un premio en efectivo
Frecuencia: permanente
Valor de la apuesta: Existen máquinas tragamonedas de $0 a $500, máquinas tragamonedas de $500 en adelantes y maquinas progresivas interconectadas.
Canales de distribución: locales comerciales que cumplan con la normatividad. El local comercial donde se operen las MET debe tener como objeto social exclusivo la operación de juegos de suerte y azar.
Selección del operador: .Podrán operar los juegos de suerte y azar localizados las personas jurídicas que obtengan autorización de Coljuegos y suscriban el correspondiente contrato de concesión con concepto previo del alcalde donde operará el juego.
Acumula: premio mayor en máquinas progresivas interconectadas.
Tipo de juego: Apuesta de contrapartida
Normatividad aplicable: Ley 643 de 2001 (Articulo 32) - Ley 1150 de 2007 (Artículo 23) - Ley 1393 de 2010 (Art. 14 y 20) - Decreto 1278 de 2014 - Resolución 1400 de 2014 - Resolución 3890 de 2015 - Decreto 1068 de 2015 (Libro 2, Parte 7, Título 5, Artículos 2.7.5.1 - 2.7.5.9) - Resolución 201614000006944 de 2016 - Resolución 20182300011754 de 2018 - Resolución 20181000016094 de 2018 - Resolución 20181200038714 de 2018 - Ley 1955 de 2019, (Artículo 59) - Resolución 20195100044514 de 2019 - Resolución 20201000009284 de 2020 - Decreto 576 de 2020 ( Artículos 2 y 3) - Decreto 808 de 2020 (artículo 5)
Operación ilegal: multa de 80 SMMLV y una denuncia penal.
¡IMPORTANTE!
El local comercial donde se operen MET’S debe tener como objeto social exclusivo la operación de juegos de suerte y azar.
Operar una máquina tragamonedas ilegal, trae consecuencias graves, como una multa de $72.682.080 por máquina, y una denuncia penal. No ponga en riesgo su negocio.
Fecha de publicación 12/12/2013
Última modificación 10/11/2021
Radicado N° 20211000376631